Según el Anexo 2 del nuevo RAM a partir del ciclo lectivo 2025, se implementará la condición de ESTUDIANTE ITINERANTE.
Condiciones para la implementación de la/el estudiante itinerante en los Institutos Superiores de Formación Docente (ISFD) y Formación Docente y Técnica (ISFDyT), Institutos Superiores de Formación Técnica (ISFT) e Instituciones Superiores de Formación Docente Artística; de gestiones estatal y privada de la Provincia de Buenos Aires.
Consideraciones generales
Se pueden cursar como estudiante itinerante hasta el 30% de las unidades curriculares (UC) de la carrera.
- La o el estudiante itinerante es quien cursa como estudiante regular en un Instituto en el que no se encuentra matriculada o matriculado para acreditar una o más unidades curriculares en un Profesorado o Tecnicatura.
- Una o un estudiante podrá optar por cursar como itinerante, hasta el 30% de las unidades curriculares (UC) de la carrera.
- La solicitud se realizará en el periodo de inscripción a la/s unidad/es curricular/es teniendo en cuenta las fechas dispuestas por la institución en la que aspira cursar.
- Será condición que la UC en la que solicita cursar, tenga igual denominación, carga horaria y contenidos mínimos prescriptos que en el diseñode la carrera en la que se encuentra matriculada o matriculado la o el estudiante. La práctica docente, las didácticas específicas y la práctica profesionalizante deberán cursarse en la misma carrera en la que se encuentra matriculada o matriculado.
- Las instituciones considerarán como única variable para aceptar o rechazar la solicitud, el número de estudiantes matriculadas o matriculados en la UC en la que se solicita vacante.
- La cursada de unidades curriculares realizadas como estudiante itinerante, tendrá una validez de ocho turnos consecutivos a partir de la finalización de la cursada
- La acreditación de la UC se deberá realizar en la institución que se cursa.
- La opción de estudiante itinerante podrá realizarse en cualquier institución que forma parte del ámbito de aplicación de la presente resolución.
Son responsabilidades de la o el estudiante
● Presentar ante la dirección del Instituto donde aspira a cursar el Formulario A: “Solicitud para cursar unidades curriculares como estudiante itinerante” junto con el certificado analítico parcial actualizado al momento de la solicitud.
● Notificar a la Dirección del instituto donde se hallare matriculada/o la aceptación como estudiante itinerante en otro instituto a través de la entrega del Formulario B: “Notificación Instituto en el que la/el estudiante se encuentra matriculada/o ”
● Cumplir con las condiciones institucionales y de la propuesta pedagógica para la acreditación de la unidad curricular del establecimiento en el que realiza la solicitud.
● Solicitar ante el Instituto donde cursa como estudiante itinerante el Formulario D: “Constancia de acreditación de unidad curricular como estudiante itinerante”
● Presentar ante el Instituto en el que se encuentra matriculada/o el Formulario D: “Constancia de acreditación de unidad curricular como estudiante itinerante”
Documentación que necesitarán para solicitar cursar como ESTUDIANTE ITINERANTE
- Si estás matriculado/a en el ISFD Nº 243 y querés o necesitás cursar como itinerante en otro Instituto, deberás:
- llevar a dicho Instituto el Certificado Analítico y fotocopia del D.N.I.
- dejar allí, el Formulario A.
- hacer firmar y sellar el Formulario B, y
- este último lo traes a nuestro Instituto.
- Si estás matriculado en otro Instituto y querés cursar como itinerante en nuestro Instituto, tendrás que:
- traer el Certificado Analítico y fotocopia del DNI.
- dejar el Formulario A en el ISFD N° 243, y
- llevar el Formulario B firmado y sellado para entregarlo en el Instituto donde estás matriculado/a.

- Consultar Horarios de ambas secciones
- Las vacantes son limitadas, es por ello que antes de descargar y completar los Formularios A y B debe responder el siguiente Formulario Google >> https://forms.gle/YUFy42MPebqNgbuu6 y aguardar a la respuesta del Equipo Directivo.
El Formulario Google estará habilitado hasta el 4 de abril de 2025, y a partir del 10 de abril se enviarán las respuestas a través del correo electrónico que brindó.-