Inscripción Estudiante Itinerante

Según el Anexo 2 del nuevo RAM a partir del ciclo lectivo 2025, se implementará la condición de ESTUDIANTE ITINERANTE.


Condiciones para la implementación de la/el estudiante itinerante en los Institutos Superiores de Formación Docente (ISFD) y Formación Docente y Técnica (ISFDyT), Institutos Superiores de Formación Técnica (ISFT) e Instituciones Superiores de Formación Docente Artística; de gestiones estatal y privada de la Provincia de Buenos Aires.

Consideraciones generales

Se pueden cursar como estudiante itinerante hasta el 30% de las unidades curriculares (UC) de la carrera.

  1. La o el estudiante itinerante es quien cursa como estudiante regular en un Instituto en el que no se encuentra matriculada o matriculado para acreditar una o más unidades curriculares en un Profesorado o Tecnicatura.
  2. Una o un estudiante podrá optar por cursar como itinerante, hasta el 30% de las unidades curriculares (UC) de la carrera.
  3. La solicitud se realizará en el periodo de inscripción a la/s unidad/es curricular/es teniendo en cuenta las fechas dispuestas por la institución en la que aspira cursar.
  4. Será condición que la UC en la que solicita cursar, tenga igual denominación, carga horaria y contenidos mínimos prescriptos que en el diseñode la carrera en la que se encuentra matriculada o matriculado la o el estudiante. La práctica docente, las didácticas específicas y la práctica profesionalizante deberán cursarse en la misma carrera en la que se encuentra matriculada o matriculado.
  5. Las instituciones considerarán como única variable para aceptar o rechazar la solicitud, el número de estudiantes matriculadas o matriculados en la UC en la que se solicita vacante.
  6. La cursada de unidades curriculares realizadas como estudiante itinerante, tendrá una validez de ocho turnos consecutivos a partir de la finalización de la cursada
  7. La acreditación de la UC se deberá realizar en la institución que se cursa.
  8. La opción de estudiante itinerante podrá realizarse en cualquier institución que forma parte del ámbito de aplicación de la presente resolución.

Son responsabilidades de la o el estudiante

● Presentar ante la dirección del Instituto donde aspira a cursar el Formulario A: “Solicitud para cursar unidades curriculares como estudiante itinerante” junto con el certificado analítico parcial actualizado al momento de la solicitud.
● Notificar a la Dirección del instituto donde se hallare matriculada/o la aceptación como estudiante itinerante en otro instituto a través de la entrega del Formulario B: “Notificación Instituto en el que la/el estudiante se encuentra matriculada/o ”
● Cumplir con las condiciones institucionales y de la propuesta pedagógica para la acreditación de la unidad curricular del establecimiento en el que realiza la solicitud.
● Solicitar ante el Instituto donde cursa como estudiante itinerante el Formulario D: “Constancia de acreditación de unidad curricular como estudiante itinerante”
● Presentar ante el Instituto en el que se encuentra matriculada/o el Formulario D: “Constancia de acreditación de unidad curricular como estudiante itinerante”

Documentación que necesitarán para solicitar cursar como ESTUDIANTE ITINERANTE

  • Si estás matriculado/a en el ISFD Nº 243 y querés o necesitás cursar como itinerante en otro Instituto, deberás:
    • llevar a dicho Instituto el Certificado Analítico y fotocopia del D.N.I.
    • dejar allí, el Formulario A.
    • hacer firmar y sellar el Formulario B, y
    • este último lo traes a nuestro Instituto.
  • Si estás matriculado en otro Instituto y querés cursar como itinerante en nuestro Instituto, tendrás que:
    • traer el Certificado Analítico y fotocopia del DNI.
    • dejar el Formulario A en el ISFD N° 243, y
    • llevar el Formulario B firmado y sellado para entregarlo en el Instituto donde estás matriculado/a.

El Formulario Google estará habilitado hasta el 4 de abril de 2025, y a partir del 10 de abril se enviarán las respuestas a través del correo electrónico que brindó.-