Un/a estudiante podrá solicitar equivalencia de una determinada materia, cuando hubiera aprobado estudios de contenidos similares o equivalentes (finales aprobados, no cursadas parciales), realizados en el mismo Instituto, en otra Institución de Nivel Superior (oficial o privada debidamente reconocida), o en una universidad. Tal como lo establece el ítem 8.10 del Anexo 1 del nuevo RAM (Resolución 4196/24), las unidades curriculares acreditadas no pierden vigencia, por lo tanto, se pueden pedir equivalencias sin tener en cuenta la fecha en la que se aprobó el examen final. En el nuevo RAM se establecen dos tipos de Equivalencias:
EQUIVALENCIA AUTOMÁTICA | PAUTAS PARA SOLICITAR EQUIVALENCIA AUTOMÁTICA |
Se solicita en el caso de “unidades curriculares con la misma denominación y contenidos en los planes de estudio de las carreras vigentes en la jurisdicción”. (RAM, pág. 16) Nuestra Región es la IX Para saber cuáles son automáticas con la carrera de nuestro ISFD pueden consultar los archivos de comparativa de Diseños curriculares AQUÍ. Se deberá “acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados” (RAM, pág. 16) ![]() | – Deberá presentar un único ejemplar de los Formularios A14 (Solicitud de equivalencia, resumen) y A14a (Solicitud de equivalencia, por asignatura) – Debe acompañar la solicitud con el certificado analítico de estudios realizados. – Cursar la unidad curricular cuya acreditación se solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado. |
EQUIVALENCIA TOTAL o PARCIAL | PAUTAS PARA SOLICITAR EQUIVALENCIA TOTAL o PARCIAL |
“Se ponderan los saberes acreditados en carreras del nivel superior reconocidas.” (RAM, pág. 17). Para solicitarlas deberán presentar “el certificado analítico de estudios realizados (Analítico parcial) y, los programas que correspondan, en los que conste carga horaria, contenidos y bibliografía, de las unidades curriculares en las que solicita equivalencia. La documentación deberá estar foliada, con firma y sello de las autoridades de la institución emisora.” (RAM, pág. 17) ![]() | – Deberá presentar un único ejemplar del Formulario A14 (Solicitud de equivalencia, resumen) – Un Formulario A14a por cada equivalencia solicitada (Solicitud de equivalencia, por asignatura), cada ejemplar deberá estar acompañado del programa de la materia en el que conste carga horaria, contenidos y bibliografía. Dicho programa deberá estar debidamente certificado, es decir, debe estar foliado, firmado y sellado por la institución donde se cursó y acreditó. – Certificado analítico de estudios realizados donde conste fecha de acreditación, calificación, firma y sello de la institución. – Cursar la unidad curricular cuya acreditación se solicita por equivalencia, hasta tanto se le confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado. |

Es posible solicitar equivalencias para unidades curriculares que van de 1° a 4° año, en un mismo pedido. Sin embargo, las mismas impactarán en el porcentaje de materias año a año, y solo hasta 3° año, ya que el instituto recién en el año 2026, abre el 4° año.-
Las equivalencias no se dan sobre equivalencias. Siempre se presenta la documentación sobre la asignatura original cursada y acreditada.
PERÍODO DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN: hasta el 30/4/2025
La documentación se presenta en un único Folio Oficio con etiqueta (en blanco) y ante la Secretaria del instituto.
PROCEDIMIENTO Con esta documentación, se conformará un legajo único por cada alumno/a y se procederá a verificar que la documentación presentada cumpla los requisitos solicitados y se halle debidamente certificada por autoridad competente. Los docentes especializados emitirán un informe sobre el resultado de la equivalencia que se transcribirá en la hoja de solicitud completa por el/la estudiante. El resultado podrá ser alguna de estas alternativas: • Se otorga la equivalencia total de la perspectiva y/o asignatura. • Se otorga equivalencia parcial de la perspectiva. Por ello, el docente deberá presentar un proyecto de compensación a cumplimentar por el alumno/a por la parte del proyecto curricular faltante. • No se otorga equivalencia. Cumplimentado en su totalidad el legajo por el cuerpo docente, se solicitará el aval del equipo directivo a los criterios emitidos por los docentes. Luego el/la estudiante deberá notificarse de los criterios emitidos.